Cuando te mudas a un nuevo lugar, es importante asegurarte de que los servicios públicos, como la electricidad, estén en orden.
Uno de los pasos cruciales en este proceso es cambiar el titular del servicio de electricidad a tu nombre. Este trámite garantiza que tengas control y responsabilidad sobre los aspectos relacionados con el suministro eléctrico en tu nuevo hogar.
A través de esta guía, te proporcionaremos información detallada sobre los pasos necesarios para realizar este cambio de manera eficiente y sin contratiempos, desde la recopilación de la documentación requerida, hasta el procedimiento para contactar con la compañía eléctrica.
No importa si eres un nuevo propietario, inquilino o estás mudándote a una nueva ubicación, entender esta gestión es fundamental para garantizar una transición sin problemas en tu nuevo hogar.
Ya estemos hablando de alquiler o compra, siempre será el nuevo titular quien se tenga que hacer cargo de la gestión, poniéndose en contacto con la compañía deseada y presentando la siguiente información. Tener una factura anterior a mano, te facilitará la gestión:
- Los datos del nuevo propietario o inquilino: nombre, apellidos, DNI/NIE/Pasaporte, teléfono y correo electrónico.
- Un número de cuenta bancaria a su nombre, para domiciliar los pagos.
- Los datos del anterior titular: nombre, apellidos y DNI/NIE/Pasaporte.
- El CUPS de luz y la dirección exacta de la vivienda.
Cabe destacar que, algunas comercializadoras pueden exigir el contrato de compraventa o arrendamiento para validar el motivo de la gestión.
Este trámite es gratuito y se hará efectivo en un plazo máximo de 20 días laborables, plazo durante el cual, el anterior titular, recibirá un último cobro a su nombre.
Cambio de titular con Total Energies |
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Cambio de titular con Endesa |
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Cambio de titular con Naturgy |
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Cambio de titular con Repsol |
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Las facturas de luz están asociadas al propio suministro eléctrico, por este motivo, es fundamental comprobar que no existen deudas pendientes antes de hacerse cargo del pago de los recibos.
Además, para no responsabilizarse de una posible deuda no se debe subrogar el contrato de luz anterior, por el contrario, se deberá de llevar a cabo una nueva contratación con una compañía de luz diferente,
Por último, nos podemos encontrar muchos casos en los que el propietario del inmueble decida que el inquilino lleve a cabo un cambio de domiciliación con Endesa o con cualquier otra compañía, sin cambiar la titularidad ni la contratación. Esto será perjudicial para ambas partes por los siguientes motivos:
- Si el inquilino no paga las facturas, la deuda será responsabilidad del propietario
- El inquilino no podrá beneficiarse de un trato de nuevo cliente y su tarifa probablemente estará obsoleta y/o tendrá un precio elevado.
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